Por Dalit Cohen- ACOM, (Acción y Comunicación sobre Oriente Medio)
Pocas frases han funcionado tan bien como coartada. Esta se ha convertido en el escudo verbal de nuestro tiempo: la pronuncian ministros, rectores universitarios, activistas y periodistas con la misma naturalidad con la que otros, en otros momentos de la historia, esgrimieron las suyas. Suena a distinción intelectual. Funciona como salvoconducto. Y en demasiados casos, es exactamente lo que parece que no es.
El antisemitismo tiene una habilidad que ningún otro odio ha desarrollado con tanta perfección: la de presentarse siempre como otra cosa. En la Edad Media era teología. En el siglo XX era biología. Hoy es geopolítica. La excusa muta, se adapta, se viste con el lenguaje del momento. Pero debajo siempre hay lo mismo: un colectivo señalado como la fuente de un mal mayor, como un obstáculo, como algo que hay que combatir. Cambiar el nombre no cambia el mecanismo.
Y el mecanismo tiene consecuencias conocidas. La historia no deja mucho margen a la interpretación: primero el señalamiento, luego la exclusión, luego la violencia. Ese orden no es una teoría. Es una lección pagada con millones de muertos. Por eso existe una protección legal específica frente al odio antisemita, no para situar a los judíos por encima de otras minorías, sino porque está demostrado que quien hoy apunta con el dedo y quien mañana colabora con el agresor no siempre son personas distintas. La pancarta en el campus no es el final del proceso. Históricamente, ha sido el principio.
Que esto no es historia antigua lo ilustran los hechos. En España, en los últimos meses, han aparecido pintadas en un colegio público con el mensaje «Hitler tenía razón», han sido destrozadas tumbas en un cementerio judío, han atacado una sinagoga y han escupido en la cara a una estudiante universitaria por llevar una estrella de David. Han circulado por redes sociales listas de negocios judíos para boicotearlos por su origen. Para quien conozca la historia, esa última imagen resulta familiar: en 1933, los nazis también empezaron elaborando listas de negocios judíos. Y el riesgo no termina en el incidente: las sinagogas de este país tienen agentes de la Policía Nacional en la puerta y los colegios judíos operan con seguridad permanente. Pregúntense cuántas mezquitas en España tienen una lechera apostada en la entrada, cuántas iglesias. No son episodios aislados. Son la secuencia que la historia ya conoce, repitiéndose con una normalidad que debería incomodarnos mucho más de lo que nos incomoda.
En septiembre de 2025, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló el acuerdo de la Universidad de Granada que suspendía sus relaciones con instituciones académicas israelíes. El fallo fue inequívoco: la universidad había aprobado, bajo el pretexto de su autonomía, un acuerdo que vulneraba la dignidad de las personas y el principio de igualdad, excluyendo a un colectivo —y solo a ese colectivo— por razones políticas ajenas a cualquier misión académica. Pero este fallo es la excepción. En la mayoría de los casos los tribunales no actúan, y conviene entender por qué. No es desidia. Es que el derecho penal exige certeza donde el odio opera en la ambigüedad. ¿Dónde termina la crítica política legítima y dónde empieza el delito de odio? ¿Dónde acaba la libertad de expresión y dónde comienza la incitación? La línea existe, pero es tan fina que el garantismo judicial, razonable en abstracto, se convierte en la práctica en un muro infranqueable para las víctimas. Ante la duda, los jueces absuelven. Y la impunidad no es entonces un fallo del sistema. Es el sistema.
Aquí está el núcleo del problema. Para que un juez pueda condenar el odio, primero necesita saber qué tiene delante. Y para eso necesita una definición. La Definición Operativa de Antisemitismo de la Alianza Internacional para la Memoria del Holocausto —la IHRA— existe precisamente para eso: no para restringir la libertad de expresión, sino para darle al derecho la precisión que necesita. Para distinguir la crítica política legítima del odio disfrazado de crítica política. Treinta y cuatro países la han incorporado a su ordenamiento jurídico. Alemania, Francia, Austria, el Reino Unido. España, pese a ser miembro de pleno derecho de esa Alianza, ha decidido no hacerlo. La conoce. La ha citado. Y ha preferido mirar hacia otro lado.
Sin definición no hay tipo penal. Sin tipo no hay condena. Sin condena, la impunidad se convierte en norma. Y la norma, como demuestra la historia, tiene consecuencias que empiezan siendo invisibles y terminan siendo irreversibles.
Cuando un Estado decide no perseguir el odio hacia una minoría, no está fallando solo a esa minoría. Está revelando algo sobre sí mismo. El antisemitismo no es un termómetro de la salud de la comunidad judía. Es un termómetro de la salud democrática de un país. Y ese termómetro, en España hoy, no da buenas noticias.
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